SECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE MÉXICO


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Gobierno
Diciembre 25, 2025 15:10 hrs.
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Pedro Espinosa Ortiz › Esfera Periodística

Metepec, México._La Secretaría del Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible informa que se realizan acciones en Fase I de Contingencia Ambiental Atmosférica por partículas en las Zonas Metropolitanas del Valle de Toluca (ZMVT) y Santiago Tianguistenco (ZMST).

Lo anterior, derivado de que a las 11:00 horas de este 25 de diciembre se registraron valores máximos de 84 y 82 microgramos por metro cúbico (µg/m3) de concentración de partículas PM2.5, en las estaciones de Almoloya de Juárez y Xonacatlán en los municipios del mismo nombre.

Como resultado de las actividades propias de las festividades decembrinas, la noche del 24 de diciembre, así como durante la madrugada y mañana del día 25 de diciembre de 2025, se registraron concentraciones elevadas de PM2.5; esto derivado de eventos extraordinarios como fogatas y quema de pirotecnia, propias de la tradición de la celebración, sumado a la presencia de inversión térmica y condiciones meteorológicas adversas para la dispersión de contaminantes.

Las acciones en Fase I de Contingencia Ambiental Atmosférica se activan en cumplimiento al Acuerdo por el que se establece el Programa para la Atención de Contingencias Ambientales Atmosféricas en la Zona Metropolitana del Valle de Toluca y la Zona Metropolitana de Santiago Tianguistenco, publicado el 31 de octubre de 2025, en el Periódico Oficial ’Gaceta del Gobierno’. Entre las que se encuentran:

Medidas Aplicables en Salud:
• Las personas sensibles, se les recomienda permanecer en espacios interiores.
• Evitar las quemas a cielo abierto.
• Se recomienda posponer los eventos deportivos, culturales o espectáculos masivos programados.
• Realizar barrido húmedo de tu calle.

Acciones a cargo de gobierno:
• Solicitar a tránsito estatal y municipal apoyo a fin de agilizar el tránsito vehicular en horas pico o en días de plaza. Asimismo, realizar la sincronización de semáforos.
• La autoridad competente informará a los productores de ladrillo, cerámica y fundición en hornos artesanales que deberá suspender la cocción de sus productos.
• Realizar campañas de recolección de basura y de vigilancia en áreas susceptibles a incendios.
• Suspender las obras que obstruyan o dificulten el tránsito, con excepción de las que atiendan reparaciones urgentes.

Medidas Aplicables en Servicios
• Suspender las actividades de construcción, remodelación, demolición y movimiento de tierras, con excepción de los rellenos sanitarios.
• Suspender toda actividad de explotación de bancos de materiales pétreos.
• Suspender actividades en los establecimientos que utilicen como combustible leña o carbón y que no cuenten con equipo de control de emisiones.


Medidas Aplicables en Fuentes Fijas de la Industria Manufacturera

• Suspender actividades de combustión relacionadas con la cocción de ladrillo, cerámica, y fundición en hornos artesanales.
• Las fuentes fijas de la industria manufacturera ubicada en la entidad que tengan equipos de combustión, procesos o actividades que generen partículas reducirán el 40 por ciento de sus emisiones.
• Suspender las actividades de las concreteras (fijas o móviles) que no cuenten con equipo de control de emisiones.

Medidas Aplicables en Transporte

o Restricciones a la circulación en el sector transporte
 Mañana 26 de diciembre deberán suspender su circulación, en horario de las 5:00 a las 22:00 horas:

a) Todos los vehículos con holograma de verificación "2".
b) Los vehículos con holograma de verificación "1", cuyo último dígito numérico 1, 3, 4, 5, 7 y 9.
c) Los vehículos con holograma de verificación "0" y "00", engomado azul, terminación de placas 9 y 0.
d) Restricción a la circulación del 50% de las unidades de reparto de gas L.P. a tanques estacionarios que no cuenten con válvula de desconexión seca, cuya terminación de matrícula sea non.
e) Restricción a la circulación de todos los vehículos destinados al servicio de transporte de carga con placa local y federal entre las 06:00 y las 10:00 horas, a excepción de aquellos que se encuentren en el Programa de Autorregulación respectivo.

f) Las unidades que no porten hologramas de verificación, como los vehículos antiguos, demostración o traslado, nuevos, los que tienen pase turístico, placas foráneas o placas formadas por letras, las aplica la misma restricción que a los vehículos que portan holograma 2.
g) Lo taxis podrán circular de las 5:00 a las 10:00 horas, los días que tengan restricción con la finalidad de apoyar la movilidad de la población.
Exenciones
• Vehículos eléctricos e híbridos que cuenten con matrícula ecológica u holograma tipo exento.
• Los taxis podrán circular de 5:00 a las 10:00 horas, los días que tengan restricción con la finalidad de apoyar la movilidad de la población.
• Vehículos de servicios urbanos, destinados a prestar servicios de emergencia, emergencias médicas, salud, seguridad pública, servicios de agua potable, bomberos, rescate, protección civil y de vigilancia ambiental incluidos incendios forestales.
• Vehículos de transporte escolar y de personal, que cumplan con las especificaciones de verificación vehicular vigentes y cuenten con el holograma y autorización correspondiente.
• Vehículos destinados a cortejos fúnebres y transporte de servicios funerarios, que cuenten con holograma de verificación vigente.
• Vehículos para personas con discapacidad permanente que cuenten con la constancia tipo ’D’ Discapacidad Permanente.
• Transporte de residuos y materiales peligrosos que cuenten con la autorización correspondiente, excepto vehículos que transporten combustibles (gasolina, diésel y gas L.P.).
• Transporte de carga que se encuentre inscrito en el Esquema de Autorregulación Ambiental de Vehículos de Carga a Diésel en el Estado de México.
• Transporte de materiales pétreos que demuestren que prestan servicio a rellenos sanitarios o que porten la autorización correspondiente y deberán cubrir los materiales transportados con lona para evitar dispersión de partículas.
• Los vehículos identificados con tarjeta de circulación de servicio público de pasajeros y turismo (vagonetas, microbuses y autobuses) con placa federal o local, que cumplan con las disposiciones de verificación vigentes.
• Los vehículos que formen parte del Programa Héroes Paisano y Programa Migrante Mexiquense y porten la autorización correspondiente.
• Los vehículos que transportan mercancías o productos perecederos en unidades con sistemas de refrigeración, así como las unidades revolvedoras de concreto.

No obstante, la dependencia estatal sugiere estar atentos sobre la calidad del aire, así como de los cortes informativos que emita a las 15:00 y 20:00 horas, de conformidad con el Programa para la Atención de Contingencias Ambientales Atmosféricas en las ZMVT y ZMST, en https://rama.edomex.gob.mx/calidaddelaire y http://proaire.edomex.gob.mx/bibliografia.

Por último, se recomienda revisar y reportar a los números telefónicos:

•Fugas de gas:
Coordinación General de Protección Civil y Gestión Integral del Riesgo del Estado de México.
722-214-26-92

•Incendios:
Comisión Nacional Forestal (CONAFOR) 800-462-363-46
Heroico Cuerpo de Bomberos. 068
PROBOSQUE. 800-590-17-00
Centro de Comando PROBOSQUE. 722-878-98-21

•Denuncia ciudadana:
Centro de Atención Telefónica del Gobierno del Estado de México, CATGEM. 800-696-96-96.
Sistema Estatal de Atención a la Denuncia Ciudadana en Materia Ambiental, ECOTEL. 800-232-08-35 y 722-219-26-61.
Procuraduría de Protección al Ambiente del Estado de México (PROPAEM). 722-213-54-56 y 722-213-54-57

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